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Código Contravencional: la Ciudad endurece penas y suma faltas

La Ciudad reforma el Código Contravencional: multas de hasta $58 millones para manteros, $7 millones por alcoholemia y arresto para trapitos reincidentes.

Por Coco Política

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Código Contravencional: la Ciudad endurece penas y suma faltas

El Gobierno porteño envió a la Legislatura una reforma integral del Código Contravencional que aumenta multas, suma nuevas faltas y endurece la reincidencia. La iniciativa alcanza desde la venta ilegal en la calle y el acoso callejero hasta las estafas digitales, y adapta la normativa local a la reciente Ley Nacional de Justicia Penal Juvenil para adolescentes de 14 a 17 años.

Qué cambia en el Código Contravencional porteño

Jorge Macri presentó ante la Legislatura un proyecto que modifica la Ley 1.472, el Código Contravencional vigente, y también la Ley de Procedimiento Contravencional. La reforma no se limita a subir montos: incorpora conductas que hoy no están tipificadas, como el acecho en la vía pública, el robo de credenciales digitales mediante engaños y la manipulación de sistemas de cobro del transporte público.

Las contravenciones, a diferencia de los delitos, son faltas que alteran la convivencia diaria: ruidos molestos, infracciones de tránsito o acoso en la calle. Se castigan con multas, arresto o tareas de utilidad pública, y el Gobierno porteño sostiene que buena parte de esas sanciones quedaron desactualizadas frente al avance de nuevas modalidades delictivas vinculadas a la tecnología y al espacio público.

Multas más altas por alcoholemia y venta ilegal

El caso de conducir alcoholizado es uno de los que más sube. Hoy la multa va de 300 a 2.000 UF (entre $350.000 y $2.350.000), con 1 a 10 días de arresto y una inhabilitación de 4 meses a 2 años. Con la reforma, el rango pasa a 1.000 a 6.000 UF —más de $7.000.000—, el arresto se extiende de 5 a 30 días y la inhabilitación puede llegar a 4 años.

La venta ilegal en el espacio público, conocida como la actividad de los manteros, también sufre un salto considerable: la multa máxima trepa a 50.000 UF, unos $58.654.000, muy por encima del tope actual, que no supera los $15 millones. El valor de la Unidad Fija (UF) utilizado como referencia es de $1.173,08.

Nuevas contravenciones: acoso callejero y estafas digitales

El proyecto crea figuras que hasta ahora no tenían sanción específica en el Código Contravencional. Entre ellas aparecen el seguimiento o acecho de una persona en la calle, la obtención de claves o tokens mediante engaños digitales y la comercialización de datos personales sin consentimiento.

  • Seguimiento o acecho en vía pública

  • Obtención de credenciales mediante engaños digitales (phishing)

  • Organización de compraventa informal masiva en el espacio público

  • Comercialización de datos personales

  • Portación de dispositivos de interferencia de señales

  • Manipulación fraudulenta de sistemas de cobro o transporte público

Reincidencia: penas agravadas y nuevo registro en el Código Contravencional

La reforma modifica el criterio para considerar a alguien reincidente: ya no hace falta repetir exactamente la misma falta, alcanza con tener el hábito de cometer contravenciones similares en el espacio público. Para ordenar ese seguimiento se crea un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público.

El esquema de agravamiento es progresivo: la pena sube un 50% en la primera reincidencia, un 66,6% en la segunda y se duplica en la tercera. Los trapitos que extorsionan a automovilistas para poder estacionar son un caso testigo: el arresto pasa de un máximo de 60 a 90 días cuando hay reincidencia, y los reincidentes en general pierden la posibilidad de cumplir arresto domiciliario salvo excepciones fundadas.

Cómo impacta la reforma en los adolescentes

Hasta ahora, como regla general, los menores de 18 años no eran punibles contravencionalmente, con excepción de las infracciones de tránsito. La reforma cambia ese esquema para adaptarlo a la Ley Nacional de Justicia Penal Juvenil, vigente desde el mes pasado, y fija la imputabilidad contravencional desde los 14 años.

El Gobierno porteño aclara que no se traslada a los adolescentes el mismo régimen que a los adultos: no pueden ser detenidos y tienen garantizada una defensa especializada. Las sanciones previstas apuntan a la responsabilidad y la reinserción, con medidas como:

  • Amonestación formal en audiencia, con explicación del hecho ilegal

  • Acompañamiento periódico de equipos interdisciplinarios

  • Programas educativos y medidas para sostener la escolaridad obligatoria

  • Capacitación laboral para quienes ya terminaron el secundario

  • Reparación del daño y tareas de utilidad pública adecuadas a la edad

Fin de la condena en suspenso para adultos

Otro cambio estructural es la eliminación de la condena en suspenso. Para los adultos, además, se excluye la suspensión del proceso a prueba como salida alternativa, aunque el plazo general de prescripción de la acción se mantiene en dos años. Los adolescentes sí conservan la probation, condicionada al cumplimiento de reglas de conducta, la reparación del daño y la continuidad escolar.

Jorge Macri defendió la iniciativa con una frase dura: "Al delincuente menor de edad que rompe la ley sabiendo que no va a tener consecuencias; al que acosa, sigue o acecha a una persona en la calle; al estafador que se hace pasar por un banco para engañar a alguien y robarle sus datos; al puntero que financia agrupaciones violentas; al delincuente que lleva una bomba molotov a una manifestación: a todos ellos, bajo mi gestión, se les terminó la impunidad", sostuvo el Jefe de Gobierno al presentar el proyecto.

Las claves

  • La multa por conducir alcoholizado sube de un máximo de $2.350.000 a un rango de 1.000 a 6.000 UF, más de $7.000.000
  • La venta ilegal en el espacio público (manteros) tendrá una multa máxima de 50.000 UF, unos $58.654.000, frente a los menos de $15 millones actuales
  • Los trapitos reincidentes pueden recibir hasta 90 días de arresto, contra los 60 días del esquema vigente
  • La reforma fija la imputabilidad contravencional desde los 14 años, en adaptación a la Ley Nacional de Justicia Penal Juvenil vigente desde el mes pasado
  • El agravamiento por reincidencia es del 50% en la primera, 66,6% en la segunda y 100% en la tercera
  • Se crea un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público
  • La reforma elimina la condena en suspenso y excluye la suspensión del proceso a prueba para adultos

Para entender

¿Desde qué edad se puede sancionar a un adolescente con el nuevo Código Contravencional?

La reforma fija la imputabilidad contravencional desde los 14 años, aunque los adolescentes no pueden ser detenidos y tienen garantizada una defensa especializada.

¿Cuánto puede llegar a pagar de multa alguien que conduce alcoholizado tras la reforma?

La multa pasa de un rango de 300 a 2.000 UF a uno de 1.000 a 6.000 UF, lo que equivale a más de $7.000.000, además de arresto de 5 a 30 días e inhabilitación de hasta 4 años.

¿Qué pasa con los trapitos que reinciden en extorsionar a automovilistas?

El arresto para trapitos reincidentes puede extenderse hasta 90 días, contra un máximo de 60 días en el esquema actual.

¿Se mantiene la condena en suspenso para los adultos?

No, la reforma elimina la condena en suspenso y excluye la suspensión del proceso a prueba como alternativa para los adultos, aunque los adolescentes conservan la probation.