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Apelan el fallo que declaró inconstitucional el Régimen Penal Juvenil

El Ministerio Público Fiscal porteño apeló la decisión de la jueza Laura de Marinis y pidió que sea apartada del caso de un menor de 14 años.

Por Coco Política

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Apelan el fallo que declaró inconstitucional el Régimen Penal Juvenil

El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires apeló el fallo de la jueza Laura de Marinis, que declaró inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil y sobreseyó a un chico de 14 años acusado de tentativa de robo. Los fiscales también pidieron que la magistrada sea apartada de la causa.

La resolución generó revuelo en la Ciudad de Buenos Aires. La jueza Laura de Marinis, titular del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas Nº3, sobreseyó el lunes pasado a un adolescente de 14 años que estaba imputado por tentativa de robo. Para hacerlo, declaró inconstitucional el artículo 1º de la Ley 27.801, la norma que bajó la edad de punibilidad y que había entrado en vigencia hace apenas semanas.

El caso corresponde a M.I.A., el menor sobreseído, que había sido detenido junto a otras tres personas el 10 de septiembre pasado por un intento de robo flagrante. De los cuatro imputados, fue el único que recibió el beneficio judicial, lo que llamó la atención tanto de fiscales como de especialistas en la materia.

La apelación al Régimen Penal Juvenil

Desde la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil, los fiscales Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra presentaron la apelación contra el fallo apenas se conoció. Consideran que la declaración de inconstitucionalidad del Régimen Penal Juvenil carece de sustento y que la jueza excedió sus facultades al invalidar una norma vigente sin que existiera un planteo formal de las partes en ese sentido.

El recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal no se limita a cuestionar el sobreseimiento. Los fiscales pidieron además que De Marinis sea apartada de la causa, un pedido que suele reservarse para situaciones donde se cuestiona la imparcialidad o el criterio de un magistrado en un expediente puntual.

Qué dice la Ley 27.801 sobre menores

La Ley 27.801 modificó el régimen de punibilidad para adolescentes y estableció nuevos parámetros para el tratamiento judicial de menores infractores. El artículo 1º, específicamente cuestionado en el fallo, es el que fija los criterios bajo los cuales un chico de 14 años puede ser considerado punible ante determinados delitos.

La norma había sido presentada como una respuesta a la creciente participación de menores en hechos delictivos, un debate que atraviesa distintos sectores políticos y judiciales desde hace años. Su aplicación efectiva recién comenzaba a probarse en los tribunales cuando se conoció este fallo, que puso en tensión su constitucionalidad desde el primer caso relevante.

La defensa del fallo por parte del juzgado

Tras la repercusión que generó la decisión, el Juzgado Nº3 emitió un comunicado para aclarar el alcance de la resolución. Según explicaron, la declaración de inconstitucionalidad se circunscribe exclusivamente a este caso y a este adolescente, en atención a las circunstancias particulares que quedaron acreditadas en el expediente.

El comunicado judicial fue explícito en marcar los límites del fallo: "la resolución no importa una declaración general de inconstitucionalidad de la ley, sino el análisis de su aplicación en las circunstancias concretas sometidas a decisión judicial". Es decir, el juzgado buscó despegar el fallo de cualquier interpretación que lo proyecte como un antecedente que anule la norma para otros casos similares.

Los argumentos del Ministerio Público Fiscal

Para los fiscales de la Unidad Especializada en Materia Penal Juvenil, esa aclaración no alcanza para justificar el sobreseimiento. Sostienen que la ley fue aprobada por el Congreso y que su aplicación no puede quedar sujeta a interpretaciones judiciales que la desactiven caso por caso, sin un análisis más amplio de constitucionalidad.

El planteo del Ministerio Público Fiscal apunta también a un problema de fondo: si cada juzgado puede declarar inconstitucional el Régimen Penal Juvenil según las circunstancias de cada expediente, la norma perdería previsibilidad y uniformidad en su aplicación. Ese argumento será central en la instancia de apelación que ahora deberá resolver un tribunal superior.

Qué sigue en la causa judicial

Con la apelación presentada, la causa pasa ahora a manos de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad, que deberá resolver tanto el planteo sobre el sobreseimiento como el pedido de apartamiento de la jueza De Marinis.

El caso de M.I.A. quedó, por ahora, en un limbo procesal. Mientras el resto de los imputados por el mismo hecho continúan bajo proceso, la situación del menor de 14 años depende de lo que resuelva la instancia superior sobre la validez del fallo original y sobre la continuidad de la jueza en el expediente.

Las claves

  • La jueza Laura de Marinis, del Juzgado Penal Juvenil Nº3 de la Ciudad, sobreseyó a un menor de 14 años declarando inconstitucional el artículo 1º de la Ley 27.801.
  • El menor sobreseído, identificado como M.I.A., estaba imputado junto a otras tres personas por una tentativa de robo flagrante ocurrida el 10 de septiembre pasado.
  • Los fiscales Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil, apelaron el fallo y pidieron que la jueza sea apartada del caso.
  • El Juzgado Nº3 emitió un comunicado aclarando que la declaración de inconstitucionalidad se circunscribe exclusivamente a ese caso y no anula la ley de forma general.
  • De los cuatro imputados por el mismo hecho, el menor de 14 años fue el único que recibió el sobreseimiento.

Para entender

¿Por qué la jueza declaró inconstitucional el Régimen Penal Juvenil en este caso?

El juzgado explicó que la inconstitucionalidad se aplicó únicamente a las circunstancias particulares del expediente del menor M.I.A., y no como una anulación general de la ley.

¿Qué pidieron los fiscales además de apelar el sobreseimiento?

Los fiscales Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra solicitaron que la jueza Laura de Marinis sea apartada de la causa.

¿Qué pasó con los otros imputados en la misma causa?

El menor de 14 años fue el único de los cuatro imputados por la tentativa de robo del 10 de septiembre que recibió el sobreseimiento.

¿Qué establece el artículo 1º de la Ley 27.801 que fue cuestionado?

Es el artículo que fija los criterios bajo los cuales un adolescente de 14 años puede ser considerado punible en el nuevo Régimen Penal Juvenil.