Inocencia Fiscal II: qué cambia tras la media sanción en Diputados
La Cámara de Diputados aprobó Inocencia Fiscal II, que amplía el Régimen Simplificado de Ganancias y extiende beneficios hasta 2027.

La Cámara de Diputados dio media sanción a la Ley de Inocencia Fiscal II, una iniciativa impulsada por el Gobierno nacional que amplía el acceso al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, redefine los criterios para detectar discrepancias fiscales y busca incentivar el ingreso al sistema formal de ahorros que permanecen fuera del circuito financiero. El proyecto modifica la Ley 27.799 y ahora deberá ser debatido en el Senado.
Inocencia Fiscal II: qué es y por qué el Gobierno la impulsó
La Ley de Inocencia Fiscal II es una iniciativa del Poder Ejecutivo que introduce modificaciones sobre la normativa tributaria vigente desde fines de 2025. Su objetivo central es otorgar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes que decidan incorporar ahorros al sistema formal, al tiempo que simplifica las obligaciones fiscales para un universo más amplio de personas. La nueva versión surgió a partir de observaciones realizadas por especialistas tributarios y contadores, quienes habían señalado limitaciones en la legislación original.
El trasfondo económico es clave para entender la iniciativa. El equipo económico encabezado por el ministro Luis Caputo apuesta a que una parte de los denominados «dólares del colchón» pueda ingresar al circuito formal. Las estimaciones oficiales calculan que los argentinos mantienen alrededor de USD 170.000 millones fuera del sistema financiero. La expectativa es que esos fondos contribuyan a incrementar la liquidez, el consumo, la inversión y la disponibilidad de crédito en la economía.
Más contribuyentes podrán acceder al Régimen Simplificado de Ganancias
Uno de los cambios más relevantes es la eliminación de los límites de ingresos y patrimonio para adherirse al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias (RSG). Hasta ahora, quedaban excluidos quienes hubieran registrado en alguno de los últimos tres años ingresos superiores a $1.000 millones o un patrimonio mayor a $10.000 millones. Con la modificación aprobada, podrán incorporarse todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, independientemente de esos parámetros.
Sin embargo, la ampliación no es irrestricta. Los grandes contribuyentes y aquellos considerados de relevancia recaudatoria podrán ingresar al régimen simplificado, pero no accederán a todos los beneficios adicionales, como la presunción de exactitud y el denominado «tapón fiscal». ARCA conservará además sus facultades plenas de fiscalización sobre ese segmento. La modificación apunta a ampliar significativamente el universo de personas que pueden optar por el esquema simplificado sin eliminar los controles sobre quienes concentran mayor capacidad económica.
Nueva definición de discrepancia significativa: el umbral del 15% y los $5 millones
Otro punto central del proyecto es la redefinición de las llamadas «discrepancias significativas», es decir, las diferencias entre lo declarado por un contribuyente y la información que posee el organismo recaudador. Este aspecto generaba especial preocupación entre contadores y asesores fiscales. La nueva propuesta establece que una diferencia será considerada relevante cuando implique un incremento de al menos el 15% en el impuesto determinado o una reducción equivalente de los quebrantos declarados.
A ese porcentaje se suma un piso monetario de $5 millones. Según explicaron especialistas tributarios, si la diferencia alcanza el 15% pero no supera ese monto, no se configurará una discrepancia significativa bajo las condiciones previstas. Además, la diferencia se calculará sobre el impuesto determinado y no sobre el saldo final a pagar, un cambio que busca evitar que la metodología perjudique a contribuyentes que cumplen regularmente con sus obligaciones. La modificación apunta a que pequeñas diferencias no deriven en inspecciones o cuestionamientos fiscales de mayor alcance.
Qué ocurre si ARCA detecta una diferencia superior al límite
El proyecto incorpora un mecanismo para que los contribuyentes puedan regularizar su situación incluso cuando ARCA detecte una discrepancia que supere el umbral establecido. En ese caso, el contribuyente tendrá la posibilidad de aceptar la liquidación administrativa o la determinación de oficio y abonar el impuesto junto con los accesorios correspondientes dentro de los 15 días posteriores a la notificación.
Si cumple con esas condiciones, podrá conservar los beneficios del régimen, entre ellos la presunción de exactitud y el tapón fiscal. Este punto es considerado uno de los principales avances respecto de la legislación original, ya que introduce una instancia de subsanación antes de que el contribuyente pierda las ventajas previstas. Quienes utilicen los mecanismos habilitados para incorporar los «dólares del colchón» deberán además reflejar esos fondos en la última declaración correspondiente de Bienes Personales, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa.
Plazo extendido hasta 2027 y condiciones para adherirse al régimen
La iniciativa extiende uno de los plazos centrales del esquema. Los beneficios vinculados con el tapón fiscal y la presunción de exactitud podrán utilizarse hasta el 31 de diciembre de 2027, fecha que coincide con el último día del actual mandato presidencial. La extensión busca generar una ventana más amplia para que los contribuyentes decidan incorporar al circuito formal fondos que hasta ahora permanecen fuera del sistema.
La incorporación al régimen también implica condiciones operativas concretas. Las operaciones deberán canalizarse a través del sistema financiero formal, mediante los instrumentos y medios autorizados por el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores. A cambio, el contribuyente que reúna las condiciones previstas no deberá informar a ARCA su patrimonio al inicio y al cierre del ejercicio ni exteriorizar cada uno de sus consumos dentro de los alcances establecidos por la normativa. La intención oficial es reducir la carga de información patrimonial exigida y otorgar mayores garantías a quienes formalicen sus ahorros.
Reducción de multas para PyMEs y próximos pasos legislativos
Durante el tratamiento parlamentario se incorporó una modificación adicional destinada a las pequeñas y medianas empresas. El texto aprobado establece una reducción del 25% en las multas por infracciones formales para las PyMEs. De esta manera, el proyecto no solamente modifica el Régimen Simplificado de Ganancias, sino que introduce cambios sobre el esquema sancionatorio para ese segmento empresario, que históricamente enfrenta mayores dificultades para absorber penalidades administrativas.
La oposición, en tanto, advirtió durante el debate que la iniciativa equivale a «un blanqueo permanente para los más ricos», cuestionando el alcance de los beneficios y la falta de límites más estrictos para los grandes contribuyentes. A pesar de esas críticas, La Libertad Avanza consiguió la aprobación con una mayoría holgada. El proyecto deberá ahora superar el debate en el Senado para convertirse en ley. Si lo logra, el Gobierno espera que el nuevo esquema contribuya a formalizar ahorros y reduzca la incertidumbre de los contribuyentes frente a eventuales controles fiscales.
