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Política

Pensión de Cristina Kirchner: Anses le restituye $16 millones por orden judicial

La Anses restituyó provisionalmente la pensión de Cristina Kirchner por $16.090.877 tras una medida cautelar de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

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Pensión de Cristina Kirchner: Anses le restituye $16 millones por orden judicial

La Anses acató una orden judicial y restituyó de manera provisional la pensión de Cristina Kirchner correspondiente a agosto de 2026, por un monto bruto de $16.090.877,01. La medida cautelar fue dictada por la Sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social, mientras el Estado impulsa recursos ante la Corte Suprema para revertir el beneficio.

La pensión de Cristina Kirchner vuelve a liquidarse por orden de la Justicia

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) procedió este mes a rehabilitar el pago de una asignación vitalicia en favor de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en cumplimiento de una medida cautelar emitida por la Sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Los jueces Juan Fantini y Sebastián Russo habían dictado esa resolución en febrero pasado, ordenando la reanudación temporal de uno de los dos beneficios previsionales especiales que el organismo había suspendido administrativamente a finales de 2024.

El monto bruto liquidado asciende a $16.090.877,01, correspondiente al beneficio número 47-6-8085213-0 con mensual 08/2026. Según confirmó la propia Anses ante un pedido de acceso a la información pública, los descuentos por obra social e impuesto a las ganancias se procesan de manera automática junto con la liquidación mensual, lo que ubica el haber neto en torno a los $12 millones.

Por qué se había suspendido el beneficio previsional

La suspensión original del haber previsional se produjo luego de que la condena penal dictada contra la exmandataria en la causa conocida como Vialidad quedara ratificada. Esa sentencia, que estableció una pena de seis años de prisión, fue el fundamento que utilizó el organismo previsional para discontinuar el pago de las prestaciones especiales encuadradas en la Ley 24.018, que regula los haberes de los expresidentes y vicepresidentes de la Nación.

Frente a esa decisión administrativa, la exjefa de Estado inició una acción judicial para recuperar el beneficio mientras la causa principal continúa siendo debatida en el fuero correspondiente. En primera instancia, la jueza Karina Alonso Candis rechazó el planteo, pero la Cámara revirtió ese fallo invocando razones de carácter alimentario, sin pronunciarse sobre los efectos de la condena penal en el acceso al haber previsional.

Descuentos aplicados y exclusiones en la liquidación

La liquidación no se realizó en los mismos términos que los pagos anteriores. El organismo aplicó una quita del 20% sobre el haber mensual en virtud de la Resolución 343 del año 2025, destinada a recuperar sumas que habrían sido percibidas de manera indebida durante el período de suspensión. Además, la Anses decidió no incluir el suplemento por zona austral que la exfuncionaria percibía en función de su domicilio declarado en la provincia de Santa Cruz.

En cuanto a la actualización futura del beneficio, el organismo aclaró que los incrementos dependerán de variaciones salariales acordadas fuera del ámbito del propio organismo. Estos criterios diferenciales respecto de liquidaciones anteriores reflejan la postura del Estado de limitar el alcance del pago mientras el litigio sigue abierto en instancias superiores.

El Estado busca recuperar más de $660 millones y lleva el caso a la Corte

Paralelamente al pago del haber restituido, el Estado nacional procura recuperar $660.052.338,87 correspondientes a sumas abonadas en períodos anteriores que considera percibidas sin derecho. Este reclamo patrimonial se tramita de forma simultánea al debate sobre la vigencia de la medida cautelar, lo que convierte el expediente en uno de los más complejos del fuero previsional en los últimos años.

Tanto la Anses como el Ministerio Público Fiscal presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para intentar revocar la cautelar que ordenó la restitución del beneficio. La vía extraordinaria se abrió luego de que la propia Cámara rechazara elevar el caso mediante recurso extraordinario. El procurador general Eduardo Casal ya había emitido un dictamen señalando que la condena penal firme debería suspender el acceso a fondos previsionales de esta naturaleza.

La caución juratoria que desbloqueó el pago en julio

El desembolso efectivo del haber se concretó recién en julio, después de que la Justicia aceptara una caución juratoria presentada por la propia Cristina Kirchner. Este mecanismo procesal, que implica un compromiso formal de la beneficiaria de restituir las sumas en caso de que la resolución final le sea adversa, fue la condición que permitió destrabar la ejecución de la medida cautelar.

La pensión restituida es la derivada del expresidente Néstor Kirchner, no la que correspondería a la propia trayectoria institucional de la exmandataria. Este detalle es relevante porque existe un expediente judicial paralelo, impulsado por la exdiputada Graciela Ocaña, que cuestiona la compatibilidad del cobro simultáneo de dos haberes encuadrados en la Ley 24.018. Ese planteo de incompatibilidad permanece abierto y podría incidir en la resolución final del caso.

Un precedente judicial con implicancias previsionales y penales

El caso concentra una tensión jurídica de fondo entre el derecho previsional y las consecuencias patrimoniales de una condena penal firme. La Cámara optó por priorizar el carácter alimentario del beneficio al momento de dictar la cautelar, pero esa interpretación es cuestionada tanto por el organismo previsional como por la fiscalía, que sostienen que una pena de prisión de seis años debería inhabilitar el acceso a este tipo de prestaciones especiales.

La resolución definitiva quedará en manos de la Corte Suprema, que deberá expedirse sobre el recurso de queja presentado por el Estado. Mientras tanto, la Anses continúa liquidando el haber de manera provisional, con los descuentos y exclusiones ya mencionados, en un escenario donde cada pago mensual suma al monto que el fisco podría eventualmente reclamar si el máximo tribunal revoca la medida cautelar vigente.